La justicia española ya no podrá investigar delitos de lesa humanidad
Viernes, 26 de Junio de 2009 22:47
Sorpresivamente, sin grandes alharacas, ni mediado información ni debate público sobre la reforma de la legislación que regula el ejercicio de la jurisdicción universal por los tribunales españoles, el Congreso de los Diputados ha dado un paso en la línea de eliminar el amparo de juzgamiento de los casos de lesa humanidad en la judicatura española.

Lo que hasta el día de hoy ha sido una puerta que ha permitido presentar casos como el guatemalteco por genocidio, con un número de víctimas de más de 200.000 personas, avaladas por los informes del Arzobispado de Guatemala y el informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico, CEH, con el aval de Naciones Unidas y el en su momento Secretario General Koffi Annan.

Vídeo de Rigoberta Menchú sobre la jurisdicción universal

 
La precipitación con la que se ha aprobado por el Congreso de los Diputados, cercena la esperanza de las víctimas de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, tortura o desapariciones forzadas, lo que enfrentará enormes dificultades y sus responsables tendrán menos motivos de preocupación.

Cuando lo que más sobra en el mundo es la impunidad, no se explica la urgencia de minar uno de los instrumentos más eficaces en la lucha contra la impunidad, mediante reformas que sólo favorecen a los perpetradores de los crímenes más atroces contra los seres humanos.

Los casos que se podrán juzgar y los pendientes o en trámite deberán concretarse en:

- El Congreso aprueba la reforma legal que limitará la actuación de la Audiencia Nacional en materia de jurisdicción universal.
- España sólo podrá investigar casos en los que existan víctimas españolas o en los que los responsables del delito estén en el país.
- La Audiencia Nacional mantiene abiertas una quincena de causas como los crímenes de guerra en Gaza o la piratería somalí.

La reforma ha contado con el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas

Se trata de una modificación de los apartados 4 y 5 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula las competencias de la jurisdicción española en delitos de genocidio, lesa humanidad, terrorismo o piratería, entre otros, y que ha contado con el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas, salvo ERC-IU-ICV y el grupo mixto.


Una quincena de causas abiertas

A partir de ahora, como requisitos para que la Justicia española pueda actuar bajo el principio de jurisdicción universal, se establece la necesidad de que se demuestren "vínculos de conexión relevante" con España, que haya víctimas de nacionalidad española o que el autor de delito esté en territorio nacional.
 
El Senado debe ahora aprobar lo acordado en el Congreso

Actualmente la Audiencia Nacional mantiene abiertas una quincena de causas bajo dicho principio de justicia universal, que abarcan desde la investigación de delitos de genocidio en Guatemala o el Tíbet a los crímenes de guerra en Gaza, las torturas en Guantánamo o, más recientemente, los actos de piratería en las costas de Somalia.

Una vez que se aprueben en el Senado las nuevas modificaciones de la LOPJ, los jueces de la Audiencia Nacional ya no podrán actuar en esta materia si se ha abierto una investigación y una "persecución efectiva" de los hechos denunciados en el país donde se hayan cometido o en un tribunal internacional. Y si el país implicado, o un tribunal internacional, abre otro proceso sobre los mismos delitos, la jurisdicción española deberá archivar provisionalmente la causa que haya iniciado.
 
 

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